Gobierno ajustará programas educativos

Foto: El Tiempo
Secretario de la Conferencia Episcopal dijo que colegios católicos enseñarán el respeto a la vida.
El fallo de la Corte Constitucional que ordena que el derecho al aborto en los tres casos despenalizados en Colombia sea tema en los colegios encendió la polémica. “Los educadores católicos no vamos a enseñar eso, vamos a enseñar el respeto a la vida”, dijo monseñor Juan Vicente Córdoba Villota, secretario general de la Conferencia Episcopal.
Monseñor Córdoba afirmó que rabinos y líderes cristianos del país tienen la misma opinión que la Iglesia Católica. “Rechazamos de forma enfática este pronunciamiento (…) No vamos a desacatar ninguna orden, sino que como somos católicos, cristianos o judíos no nos pueden obligar a ello”, agregó el prelado.
Por su parte, la viceministra de Educación preescolar, básica y media, Isabel Segovia, indicó que la tarea ordenada por la Corte requerirá algunos ajustes en los programas escolares sobre educación sexual que ya existen. Según el Ministerio, el reto está en incluir en ese programa información puntual sobre el aborto en los casos en los que está despenalizado, con tono pedagógico para que llegue efectivamente a los niños.
No vale objeción de conciencia
La Corte Constitucional deja en manos del Gobierno, a través de los Ministerios de Educación y de la Protección Social, y la Superintendencia de Salud la reglamentación de la pedagogía que se debe impartir en torno a la sentencia.
Tras la trascendental decisión -revelada por EL TIEMPO-, fuentes de ese tribunal señalaron que se busca que haya una estrategia de formación sobre los derechos sexuales y reproductivos de la mujer y la sentencia sobre el aborto, pero que sean las autoridades las que definan, por ejemplo, desde qué grados se empezaría a hablar del tema.
“No es una apología del aborto, sino que los jóvenes cuenten con una pedagogía que les permita evitar un embarazo indeseado o tomar una decisión informada si están frente a uno de los casos despenalizados”, dijo una fuente.
El fallo tocó otros puntos claves, entre ellos, el equilibrio entre el derecho a la objeción de conciencia de médicos y jueces y el de las mujeres que han sido víctimas de violación o que tienen un embarazo que pone en peligro sus vidas o con alto riesgo de malformación del feto.
Dice que está prohibido “alegar objeción de conciencia colectiva que desencadena, a su turno, objeciones de conciencia institucionales e infundadas”, así como “suscribir pactos individuales o conjuntos para negarse a practicar la interrupción del embarazo”.
Y ordena a todos los municipios que aseguren que la red de salud pública garantice “el servicio de interrupción voluntaria del embarazo en condiciones de calidad y de salubridad”.
En cuanto a los jueces, la orden es perentoria: no pueden negar las tutelas con el argumento de que el aborto va en contra de sus creencias.
La Corte considera que “cuando con el ejercicio de la objeción de conciencia se obstaculiza el ejercicio de los derechos de terceras personas”, esa colisión se resuelve, en los casos fundamentados de interrupción del embarazo.
Lo que ordena el fallo de la Corte
- El Gobierno deberá determinar desde qué grados se comenzará a hablar a los estudiantes de la sentencia del aborto.
- La objeción de conciencia frente al aborto es individual. Un médico la puede invocar, pero no una institución de salud.
- Los jueces tampoco pueden recurrir a la objeción de conciencia, como argumento en los fallos de tutela sobre el tema. (El Tiempo)

