La Comisión Interamericana de Derechos Humanos publicó en  su Informe “Acceso a Servicios de Salud Materna desde una Perspectiva de Derechos Humanos” analiza la relación entre las obligaciones de los Estados en materia de derechos humanos y la salud materna, a fin de asegurar que todas las mujeres, particularmente las que han sido históricamente marginadas, gocen de un acceso efectivo a una atención adecuada a la salud durante el embarazo, el parto y el perÃodo inmediatamente posterior.
El informe señala que la protección del derecho a la integridad personal de las mujeres en el ámbito de la salud materna entraña la obligación de garantizar que las mujeres tengan acceso en igualdad de condiciones a servicios de salud relacionados con el embarazo, el parto y el perÃodo inmediatamente posterior, asà como a otros servicios e información en materia reproductiva a lo largo de sus vidas.
El derecho a la integridad personal guarda una estrecha relación con el derecho a la salud, dado que la provisión de servicios adecuados y oportunos de salud materna es una de las medidas principales para garantizar el derecho a la integridad personal de las mujeres.
El Ãndice de mortalidad materna en las Américas alcanza un total de 22.680 muertes anuales y las causas principales son prevenibles. Asimismo, la protección del derecho a la integridad personal de las mujeres implica la obligación de los Estados de garantizar que las mujeres disfruten del derecho al más alto nivel posible de salud fÃsica y mental sin discriminación.
La CIDH advierte en el informe que un número desproporcionadamente elevado de mujeres pobres, indÃgenas y/o afrodescendientes, que en su mayorÃa residen en zonas rurales, son quienes con mayor frecuencia no disfrutan plenamente de sus derechos humanos respecto de la salud materna.
La CIDH observa que las barreras que limitan a las mujeres el acceso a estos servicios están relacionadas con factores estructurales de los servicios de salud, con leyes y polÃticas que regulan estos servicios, asà como con prácticas, actitudes y estereotipos, tanto al interior de la familia y la comunidad asà como del personal que trabaja en los establecimientos de salud. En el informe, la CIDH recomienda la incorporación de la perspectiva de género en el diseño e implementación de las leyes y las polÃticas públicas que les afectan.
El informe incluye recomendaciones para garantizar la protección del derecho a la integridad de las mujeres en el acceso a servicios de salud materna en condiciones de igualdad, que la Comisión espera que constituyan una contribución a los esfuerzos de los Estados en la protección y promoción de los derechos humanos de las mujeres en su acceso a servicios de salud materna sin discriminación.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión está integrada por siete miembros independientes que se desempeñan en forma personal, sin representar a ningún paÃs, y que son elegidos por la Asamblea General de la OEA. Bajar PDF

