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		<title>Informe de la Alta Comisionada de DDHH al Consejo de DDHH</title>
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		<pubDate>Sat, 29 May 2010 04:15:37 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Julia</dc:creator>
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		<description><![CDATA[El informe reciente de la Alta Comisionada de DDHH al Consejo de DDHH sobre mortalidad y morbilidad materna y prevenible, en una sección analiza las dimensiones en DH sobre aspectos prevenibles de la mortalidad materna, refiriéndose específicamente al tema del aborto inseguro, y el marco internacional existente.
Ver PDF en inglés
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			<content:encoded><![CDATA[<p>El informe reciente de la Alta Comisionada de DDHH al Consejo de DDHH sobre mortalidad y morbilidad materna y prevenible, en una sección analiza las dimensiones en DH sobre aspectos prevenibles de la mortalidad materna, refiriéndose específicamente al tema del aborto inseguro, y el marco internacional existente.</p>
<p><a href="http://abortolegalyseguro.com/PDFs/informeAltaComisionada.pdf">Ver PDF en inglés</a></p>
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		<title>México: Ratifican ley sobre píldora de emergencia en caso de violación</title>
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		<pubDate>Sat, 29 May 2010 01:19:26 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Julia</dc:creator>
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		<category><![CDATA[anticoncepción oral de emergencia]]></category>
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		<category><![CDATA[violencia intrafamiliar]]></category>

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		<description><![CDATA[El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005, por medio de la cual, desde abril de 2009, se estableció que todas las clínicas y hospitales del país, estatales y federales, deberán ofrecer el método de anticoncepción de emergencia a las mujeres que hayan sido víctimas [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img class="alignright" src="http://www.scjn.gob.mx/MediosPub/Noticias/2010/PublishingImages/Mayo/Foto_27MAY10.jpg" alt="" width="243" height="162" />El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005, por medio de la cual, desde abril de 2009, se estableció que todas las clínicas y hospitales del país, estatales y federales, deberán ofrecer el método de anticoncepción de emergencia a las mujeres que hayan sido víctimas de una violación.</p>
<p>Inicialmente, los ministros consideraron como infundados algunos de los alegatos del gobernador de Jalisco, ya que la vía de controversia constitucional resuelve impugnaciones de invasión de esferas competenciales y no problemas materiales, relacionados con derechos fundamentales, tal y como lo planteaba el mandatario estatal.</p>
<p>El Alto Tribunal señaló que la Norma Oficial Mexicana no invade la competencia penal local, al permitir a los médicos determinar la existencia de una violación para después ofrecer la píldora anticonceptiva de emergencia, en los términos establecidos en la NOM.</p>
<p>Es decir, debe ser administrado solamente con el consentimiento informado de la usuaria, y no puede confundirse con el aborto clínico, caso en el cual la propia Norma Oficial remite a la legislación local.</p>
<p>Además, precisaron los ministros, la Norma Oficial Mexicana en ningún momento se refiere a la anticoncepción de emergencia como un aborto químico.</p>
<p>Así, el Pleno de la SCJN resolvió una controversia constitucional promovida por el gobernador de Jalisco, por medio de la cual impugnó la constitucionalidad de la NOM-046-SSA2-2005. Violencia intrafamiliar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2009. (<a href="http://www.scjn.gob.mx/MediosPub/Noticias/2010/Paginas/27-Mayo-2010.aspx">Suprema Corte de Justicia de la Nación</a>)</p>
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		<title>Visita a Guatemala: Relator de Salud</title>
		<link>http://abortolegalyseguro.com/blog/2010/05/26/visita-a-guatemala-relator-de-salud/</link>
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		<pubDate>Wed, 26 May 2010 00:28:57 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Julia</dc:creator>
				<category><![CDATA[Internacionales]]></category>
		<category><![CDATA[noticias]]></category>

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		<description><![CDATA[El dedo en la llaga
La reciente visita del relator especial sobre el derecho a la salud, señor Anand Grover, generó expectativas de parte de varios sectores que trabajan por la vigencia de los derechos en el acceso a la salud de la población guatemalteca. Es alentador que una de las preocupaciones expresadas por el representante [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><strong>El dedo en la llaga</strong></p>
<p>La reciente visita del relator especial sobre el derecho a la salud, señor Anand Grover, generó expectativas de parte de varios sectores que trabajan por la vigencia de los derechos en el acceso a la salud de la población guatemalteca. Es alentador que una de las preocupaciones expresadas por el representante de Naciones Unidas sea la salud sexual y reproductiva y, específicamente el acceso que tienen las mujeres y los pueblos indígenas a servicios de salud desde un enfoque de género e interculturalidad. Curiosamente acaba de pasar en Guatemala un congreso a nivel latinoamericano y centroamericano sobre Salud y Derechos Sexuales y Reproductivos, hecho que fue ignorado a propósito por la prensa impresa y televisiva. Las casas médicas no patrocinaron el evento, porque para ellas no cabe hablar de derechos en salud.</p>
<p>En el capítulo cuatro del boletín emitido por el señor Grover, titulado Salud de las mujeres, con énfasis en salud sexual y reproductiva, párrafo seis, el Relator indica: “Adicionalmente, en la actualidad el aborto es ilegal en Guatemala, excepto en circunstancias médicas muy limitadas. Me preocupa profundamente que el aborto sea ilegal en el caso de violación o violencia sexual, a menos que exista una necesidad médica coexistente para realizar el aborto. Esta ley hace que sea aún más necesario proporcionar acceso universal a planificación familiar, anticoncepción y educación sexual”. Gracias a la labor de la Asociación de Mujeres Médicas, en los hospitales nacionales se cuenta con un kit de emergencia para atender a mujeres víctimas de violación, pero este servicio no es objeto de inversión en publicidad por parte del Ministerio de Salud.</p>
<p>Las guatemaltecas del campo y la ciudad se enfrentan cotidianamente al riesgo de ser violadas y por tanto a adquirir una infección de transmisión sexual, el VIH y sida y, como corolario, un embarazo no deseado. En estas circunstancias la concepción de un nuevo ser se convierte en tortura y no todas tienen por qué sufrir este calvario. Conocemos casos de maestras que han sido asaltadas y violadas cuando se dirigen a las aldeas en donde desempeñan su labor; jóvenes obreras tomadas a la fuerza en autobuses urbanos; trabajadoras de casa particular, violadas en asaltos a la vivienda en donde trabajan o, por la aborrecible costumbre del “señor de la casa” que toma lo que cree le pertenece y/o permite que su hijo aprenda el ejercicio de la sexualidad en casa.</p>
<p>Hasta cuándo tendremos que alzar la voz para que la sociedad civil y el Estado entiendan que el dilema no es si se está a favor o en contra de la interrupción voluntaria del embarazo, sino tiene que ver con la violencia a que nos enfrentamos en el día a día, las mujeres. (Diario de Centro América, Guatemala. columna La Conversa. Olga Villalta.)</p>
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		<title>Congreso de Veracruz rechazó reforma de Constitución Política</title>
		<link>http://abortolegalyseguro.com/blog/2010/05/12/congreso-de-veracruz-rechazo-reforma-de-constitucion-politica/</link>
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		<pubDate>Wed, 12 May 2010 22:26:27 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Julia</dc:creator>
				<category><![CDATA[Internacionales]]></category>
		<category><![CDATA[noticias]]></category>

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		<description><![CDATA[NOTA DE PRENSA

El Congreso Local rechazó en segunda vuelta la reforma al artículo cuarto de la Constitución Política del Estado de Veracruz, que buscaba proteger la vida desde el momento de la concepción y hasta la muerte natural.
Con 25 votos a favor, siete en contra y dos en abstención, no hubo la votación suficiente para [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;">NOTA DE PRENSA</p>
<p><img class="alignright" src="http://www.legisver.gob.mx/prensa/notasLXI/carrusel/02JUNIO2010.1.JPG" alt="" width="240" height="161" /></p>
<p>El Congreso Local rechazó en segunda vuelta la reforma al artículo cuarto de la Constitución Política del Estado de Veracruz, que buscaba proteger la vida desde el momento de la concepción y hasta la muerte natural.</p>
<p>Con 25 votos a favor, siete en contra y dos en abstención, no hubo la votación suficiente para elevar a rango constitucional en Veracruz la protección de la vida desde el momento de la concepción y hasta la muerte natural, ya que se necesitaban al menos 34 votos a favor, es decir mayoría calificada.</p>
<p>Las mujeres de las organizaciones civiles y ciudadanas CIDEM, EQUIFONIA, Colectivo Feminista de Xalapa, Haceres A.C., Red de Investigadoras por la Vida y la Libertad de las Mujeres, las muchas redes de comunicadoras: Red Nacional de Mujeres Radialistas, la Articulación por el Derecho a Decidir de<br />
las Mujeres y la Articulación por los Derechos Humanos de las Mujeres que trabajamos por la construcción de los Derechos Humanos de las Mujeres, que hemos fortalecido el marco jurídico en Veracruz, incidido en la generación e implementación de Políticas Públicas con Perspectiva de Género, que hemos realizado talleres, foros, reuniones, encuentros con mujeres indígenas, jóvenes, profesionistas, funcionarias, legisladoras, juezas, directoras, presidentas municipales y mujeres ciudadanas, que formamos parte de mecanismos interinstitucionales al mismo tiempo que somos integrantes de movimientos feministas, el día 7 de mayo de 2010, celebramos que el Congreso de Veracruz haya cumplido el compromiso establecido con nosotras, las mujeres ciudadanas en Veracruz de legislar para el fortalecimiento de los Derechos Humanos de las Mujeres al rechazar la iniciativa de reforma constitucional que claramente era violatoria de nuestros Derechos.</p>
<p>Este es un logro de las ciudadanas, de las diputadas, de las jóvenes, de las mujeres en Veracruz y de todas las mujeres mexicanas.</p>
<p>En este proceso las mujeres en Veracruz hemos logrado también la reforma al Código Penal para sancionar la violencia de género contra las Mujeres en<br />
concordancia con la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz.<br />
 <br />
Estos logros han sido posibles por el trabajo articulado, por el establecimiento de pactos y alianzas entre todas las actoras, por el respeto<br />
a estos pactos en sororidad y desde una ética feminista.</p>
<p>Queremos hacer patente nuestro reconocimiento a varias de las actoras cuyo trabajo fue fundamental en este logro:</p>
<p>Diputada Dalia Pérez Castañeda. PRI; diputada Margarita Guillaumin Romero PRD; licenciada Martha Mendoza Parissi. Directora del Instituto Veracruzano de las Mujeres; Marcela Lagarde y de los Ríos. Presidenta de la Red de Investigadoras Por la Vida y la Libertad de las Mujeres A.C.; Celia Aguilar Setien ANEC;Mayela García Ramírez. Directora de CIDEM A.C.; Araceli González Saavedra. Directora de EQUIFONÍA A.C.; Monserrat Díaz. Directora del Colectivo Feminista de Xalapa A.C.; Rossana Castellanos Oliveros. EQUIFONÍA A.C.; Mtra. Ángela Alfarache Lorenzo CIDEM A.C.; Lizeth Rojas Málaga. CIDEM A.C.; Las comunicadoras: Yadira Hidalgo González, Estela Casados, Brisa Gómez, Silvia Susana Jiménez, María Sabina Pinto, Daniela Meléndez, Esther; González, Laura Cuevas, Laura Castro.</p>
<p>Por la Vida y la Libertad de las Mujeres. Ni un pasó atrás.</p>
<p>Gloria Careaga<br />
Facultad de Psicologia, UNAM</p>
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		<title>Brasil: niña de 10 años sometida a aborto tras ser violada por su padrastro</title>
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		<pubDate>Wed, 14 Apr 2010 21:16:35 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Julia</dc:creator>
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		<category><![CDATA[aborto]]></category>
		<category><![CDATA[aborto legal en Brasil]]></category>
		<category><![CDATA[Brasil]]></category>
		<category><![CDATA[violencia sexual]]></category>

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		<description><![CDATA[Una niña de 10 años fue sometida a un aborto legal en Brasil, un procedimiento que requirió de autorización judicial, luego de haber sido violada por su padrastro, quien confesó el crimen y admitió que sometió a la pequeña en reiteradas ocasiones durante dos años, informó este lunes la prensa local.
El embarazo de 16 semanas [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img class="alignright" src="http://3.bp.blogspot.com/_6y6FNZ-cycI/ShK3i7m3JmI/AAAAAAAAA3Q/38OAi-LLI8Q/s400/VIOLACION1.jpg" alt="" width="108" height="107" />Una niña de 10 años fue sometida a un aborto legal en Brasil, un procedimiento que requirió de autorización judicial, luego de haber sido violada por su padrastro, quien confesó el crimen y admitió que sometió a la pequeña en reiteradas ocasiones durante dos años, informó este lunes la prensa local.</p>
<p>El embarazo de 16 semanas fue interrumpido el sábado en Recife (Estado de Pernambuco, nordeste), luego que la pequeña llegara al centro médico quejándose de dolores abdominales, informó el sitio G1.</p>
<p>&#8220;La niña fue llevada al hospital en Jaboatão dos Guararapes el miércoles (7 de abril), por haber sentido dolores abdominales. Acababa de mantener relaciones sexuales con el padrastro&#8221;, declaró la comisaria Mariana Vilas Boas, responsable por la investigación policial.</p>
<p>La pequeña, que fue dada de alta el domingo, &#8220;tendrá que permanecer quieta para evitar hemorragias&#8221;, señaló la doctora Fátima Maia, directora del Centro Integrado de Salud Amaury de Medeiros (Cisam), al Diario de Pernambuco.</p>
<p>Detenido el jueves por violación, el padrastro, de 44 años, confesó a la policía que sometía a la niña desde 2008, precisó G1.</p>
<p>El procedimiento de aborto en Brasil es permitido por autorización judicial en casos de violencia sexual, enfermedad materna o malformación fetal, explicó el sitio. (<a href="http://www.laprensagrafica.com/el-salvador/lodeldia/109433-brasil-nina-de-10-anos-sometida-a-aborto-tras-ser-violada-por-su-padrastro.html">La Prensa Gráfica</a>)</p>
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		<title>Argentina: INADI criticó a Salud Pública por no seguir protocolos ante abortos legales</title>
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		<pubDate>Thu, 08 Apr 2010 18:19:03 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Julia</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Salud Pública]]></category>
		<category><![CDATA[Tratamiento Postaborto]]></category>

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		<description><![CDATA[El Delegado de Río Negro Julio Accavallo señaló que &#8220;si el Ministerio de Salud de la provincia hubiera adoptado el Protocolo que recomendó el INADI para el caso de abortos legales en el año 2008 hoy no estaría judicializado un caso de aborto no punible como el de la menor que se resolvió en el [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div class="wp-caption alignright" style="width: 248px"><img src="http://www.anbariloche.com.ar/fotos/foto11398.jpg" alt="" width="238" height="159" /><p class="wp-caption-text">Foto: A.N.Bariloche</p></div>
<p>El Delegado de Río Negro Julio Accavallo señaló que &#8220;si el Ministerio de Salud de la provincia hubiera adoptado el Protocolo que recomendó el INADI para el caso de abortos legales en el año 2008 hoy no estaría judicializado un caso de aborto no punible como el de la menor que se resolvió en el Juzgado a cargo de Martin Lozada&#8221;. El organismo considera que &#8220;la omisión de reglamentación de los abortos legales constituye una violación a los derechos humanos&#8221;.</p>
<p>En octubre de 2008, la Delegación Río Negro del INADI entregó a la Ministra de Salud Cristina Uría la Recomendación General del Instituto sobre “Discriminación en la Atención Sanitaria de Casos de Abortos Legales y Tratamiento Postaborto” que tiene como objeto eliminar las situaciones de discriminación hacia las mujeres en la práctica de los abortos legales y la atención postaborto, tanto en términos de evitar las dilaciones que implica someter innecesariamente los casos a la justicia como en relación a la prevención de la mortalidad de las mujeres a través de la correcta aplicación de la legislación vigente. </p>
<p>Con ese fin, se elaboró una propuesta que sugiere una reglamentación del procedimiento a seguir por los/as profesionales de la salud toda vez que se presente alguno de los casos previstos en el art. 86, incs. 1 y 2 del Código Penal y una mujer solicite la realización de un aborto legal.</p>
<p>Se aportó una propuesta de reglamentación de la legislación penal existente. Es un protocolo para la atención sanitaria de los casos de abortos legales, es decir, los que ya contempla el Código Penal vigente en nuestro país en concordancia con las disposiciones de nuestra Norma Fundamental, los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos con jerarquía constitucional y las recomendaciones de los Organismos Internacionales de Derechos Humanos.</p>
<p>La Recomendación plantea que de manera inmediata los/as profesionales de la salud y los servicios médicos atiendan los casos de abortos legales sin dar intervención a ningún otro organismo y que el Ministerio de Salud de la Nación y los Ministerios de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adopten un Protocolo para la Atención Sanitaria de Casos de Abortos Legales que garantice el ejercicio pleno y efectivo de los derechos humanos de las mujeres en condiciones de igualdad y sin discriminación.</p>
<p>El protocolo tiene por objeto regular el procedimiento a llevar a cabo por los/las médicos/as en los establecimientos asistenciales del Sistema de Salud Público, respecto de la atención de abortos legales y estipula que en ningún caso de interrupción voluntaria del embarazo contemplada en el Código Penal de la Nación y realizada en concordancia con lo dispuesto en el protocolo, requiere la intervención o autorización de ninguna autoridad judicial o administrativa para resolver sobre la conveniencia u oportunidad o sobre los métodos a emplear. Cualquier decisión que adopte el/la profesional de la salud deberá basarse exclusivamente en consideraciones fundadas en la situación de la mujer embarazada desde la perspectiva de la salud.</p>
<p>A los efectos del diagnóstico médico debe considerarse la salud de la mujer entendida como el “completo estado de bienestar físico, psíquico y social y no solamente la ausencia de enfermedades o afecciones”.</p>
<p>En el caso de la menor de 17 años, embarazada como consecuencia de haber sufrido un abuso sexual por parte de su padre y en el que Salud Pública de la provincia solicitó la autorización de interrupción del embarazo en el Juzgado de Instruccion Nº 2 Bariloche, el delegado Julio Accavallo planteó “Si el Ministerio de Salud de la provincia hubiera adoptado el Protocolo que le entregamos en el año 2008 hoy el caso de la menor abusada no estaría judicializado, como bien expuso el Juez Lozada no hace falta la intervención de la justicia para resolver estos casos, pero sí hace falta reglamentar el procedimiento para que ningún medico tenga temor de actuar”.</p>
<p>“De las consultas realizadas se puede inferir que gran parte de la comunidad médica se encuentra a favor de la práctica del aborto legal; y que –en la mayoría de los casos– la negativa no surge de la objeción de conciencia sino que radica en el temor producto de la confusión entre la legislación vigente y las interpretaciones contradictorias que históricamente los tribunales de todas las instancias han emitido” afirmó Accavallo. </p>
<p>El Delegado del INADI explicó que “en la mayoría de los casos solicitan autorización al Poder Judicial, aunque este procedimiento sea innecesario y no existe norma alguna en todo nuestro ordenamiento jurídico que indique que deba pedirse autorización judicial para realizar un aborto no punible contemplado dentro del artículo 86 del Código Penal”.</p>
<p>“La omisión de reglamentación de los abortos legales constituye una violación a los derechos humanos básicos de las mujeres y judicializa estos casos postergando el aborto hasta un estado más avanzado del embarazo y a veces lo hace impracticable, poniendo en mayor riesgo la vida y la salud integral de las mujeres que recurren, en la mayoría de los casos, al aborto clandestino que causa miles de muertes por año, por lo tanto se requiere una intervencion urgente de Salud Pública que brinde una solución clara e inmediata” concluyó Accavallo. (<a href="http://www.anbariloche.com.ar/noticia.php?nota=13760">Agencia de Noticias Bariloche</a>)</p>
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		<title>Hillary Clinton: no puede haber salud materna sin salud reproductiva</title>
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		<pubDate>Thu, 08 Apr 2010 18:02:58 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Julia</dc:creator>
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		<category><![CDATA[acceso a los servicios de aborto seguro y legal]]></category>
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		<category><![CDATA[atención integral a la salud reproductiva]]></category>
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		<category><![CDATA[salud reproductiva]]></category>

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		<description><![CDATA[Durante su visita a Canadá para reunirse con ministros de asuntos exteriores, Hillary Clinton, Secretaria de Estado de EE.UU., compartió sus puntos de vista sobre un tema que ella conoce bien: la salud materna. Stephen Harper, Primer Ministro de Canadá, planea lanzar una iniciativa clave sobre la salud materna durante la Cumbre G8, que se [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img class="alignright" src="http://www.ipas.org/Library/News/News_Items/asset_upload_file201_4891_img.jpg" alt="" width="300" height="199" />Durante su visita a Canadá para reunirse con ministros de asuntos exteriores, Hillary Clinton, Secretaria de Estado de EE.UU., compartió sus puntos de vista sobre un tema que ella conoce bien: la salud materna. Stephen Harper, Primer Ministro de Canadá, planea lanzar una iniciativa clave sobre la salud materna durante la Cumbre G8, que se celebrará en junio, aunque ha indicado que es renuente a incluir la planificación familiar y el aborto como parte de la agenda.</p>
<p>Ante una pregunta de prensa en cuanto a si ella cree que la planificación familiar, la anticoncepción y el aborto deberían formar parte de la agenda propuesta, Clinton respondió:</p>
<p>“Bueno, no voy a hablar por lo que decida Canadá, pero sí diré que he trabajado en esta área durante muchos años. Y si hablamos de salud materna, no puede haber salud materna sin salud reproductiva. Y la salud reproductiva incluye anticoncepción, planificación familiar y acceso a los servicios de aborto seguro y legal.”</p>
<p>Tras reconocer la tragedia de las altas tasas de mortalidad materna en países donde las mujeres no tienen acceso a servicios de planificación familiar y atención integral a la salud reproductiva, Clinton agregó, “Si les preocupa el aborto, entonces las mujeres deberían tener acceso a servicios de planificación familiar.”</p>
<p>Después añadió: “Y, por último, no creo que los gobiernos deberían participar en la toma de estas decisiones. Es perfectamente legítimo que las personas tengan sus puntos de vista personales basados en conciencia, religión o cualquier otro fundamento. Pero siempre he creído que el gobierno no debería intervenir en decisiones tan íntimas.”</p>
<p>La Secretaria Clinton, defensora incondicional de los derechos reproductivos desde hace muchos años, dijo que éste es un asunto que le preocupa mucho a ella y a Estados Unidos. Una y otra vez, ella ha afirmado que los derechos de las mujeres y los servicios de salud están en el centro de la política exterior de EE.UU., así como en sus <a href="http://www.ipas.org/Library/News/News_Items/Governments_call_for_stronger_global_effort_to_reduce_maternal_deaths.aspx">comentarios</a> durante la reunión de la Comisión de las Naciones Unidas sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer (CSW), que se celebró en el mes de marzo. (<a href="http://www.ipas.org/Library/News/News_Items/Hillary_Clinton_afirma_su_apoyo_a_los_servicios_de_aborto_seguro_y_legal_y_de_planificacion_familiar.aspx">IPAS</a>)</p>
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		<title>Argentina: El aborto, por primera vez, en la Corte</title>
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		<pubDate>Thu, 08 Apr 2010 17:47:11 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Julia</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Un recurso de queja contra el veto del gobernador de La Pampa a la ley que reglamentaba la aplicación de abortos no punibles llegó a la Corte Suprema. Lo presentaron un diputado socialista y una organización de mujeres de esa provincia.
La discusión sobre los alcances de los permisos para abortar contemplados en el Código Penal [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div class="wp-caption alignright" style="width: 242px"><img src="http://www.pagina12.com.ar/fotos/20100407/notas/na21fo01.jpg" alt="Foto: Pagina12" width="232" height="154" /><p class="wp-caption-text">Foto: Pagina12</p></div>
<p>Un recurso de queja contra el veto del gobernador de La Pampa a la ley que reglamentaba la aplicación de abortos no punibles llegó a la Corte Suprema. Lo presentaron un diputado socialista y una organización de mujeres de esa provincia.</p>
<p>La discusión sobre los alcances de los permisos para abortar contemplados en el Código Penal llegó ayer a la Corte Suprema de Justicia. El Partido Socialista y organizaciones de mujeres de La Pampa presentaron un recurso de queja contra el veto del gobernador Oscar Mario Jorge a una ley –sancionada por la Legislatura provincial por amplia mayoría– que reglamentaba la atención de los abortos no punibles. “Queremos que la Corte aborde la cuestión de fondo para que, de una vez por todas, en nuestro país las mujeres puedan gozar del derecho que tienen desde 1921 a interrumpir un embarazo en los casos previstos en el artículo 86, sin la incidencia de los grupos de poder vinculados fundamentalmente a la Iglesia Católica”, explicó a Página/12 el diputado socialista Adrián Peppino, autor e impulsor de la norma vetada. </p>
<p>“La ausencia de un protocolo de atención afecta fuertemente el derecho a la salud de las mujeres”, advirtió Mónica Rodríguez, integrante del Foro No al Veto, una red de organizaciones pampeanas que viene batallando legalmente por la declaración de “inconstitucionalidad” del veto, con el patrocinio del abogado Andrés Gil Domínguez. Para poder hacer la presentación tuvieron que dejar un depósito de 5000 pesos. “Es importante destacar que juntamos la mayoría del dinero con el apoyo de ciudadanas y ciudadanos de La Pampa, que compraron una rifa sabiendo que era para defender el derecho al aborto no punible”, contó Rodríguez.</p>
<p>Peppino y Rodríguez estuvieron ayer en el Palacio de Tribunales para presentar el recurso de queja ante el máximo tribunal, tal como había adelantado este diario. Los acompañaron integrantes de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, entre ellas, la diputada porteña María José Lubertino, la presidenta de la Comisión de los Derechos de la Mujer de la Asociación de Abogados de Buenos Aires, Nina Brugo, Mabel Gabarra, del Instituto de Estudios Jurídicos y Sociales de la Mujer (Indeso), de Rosario, y Elsa Schvartzman del Foro por los Derechos Reproductivos. </p>
<p>El gobernador justicialista de La Pampa tomó la decisión de vetar la llamada “Ley Peppino” a la semana de asumir en su cargo en diciembre de 2007. La norma fue aprobada por la Legislatura unicameral el 29 de noviembre de ese año por 18 votos a favor y 5 en contra: la apoyaron diputados justicialistas, kirchneristas, socialistas, del ARI, Frepaso y UCR. El mismo día de su sanción, el obispo de Santa Rosa, Rinaldo Fidel Bredice, salió a repudiarla y la calificó de “claramente inconstitucional”: idéntico argumento al que luego apelaría Oscar Jorge para vetarla. </p>
<p>La ley 2394 reglamentaba la atención de los abortos no punibles, para evitar que las mujeres enfrenten obstáculos arbitrarios en los hospitales públicos, como viene sucediendo en distintas provincias. Por esta situación, la Argentina acaba de recibir un llamado de atención del Comité de Derechos Humanos de la ONU, que observó con preocupación las interpretaciones restrictivas de los permisos previstos en el artículo 86 del Código Penal, tanto en los servicios de salud como en los tribunales. </p>
<p>Para decretar el veto, el gobernador Jorge dijo que el texto de la ley introducía “interpretaciones a la legislación de fondo” que ampliaban y modificaban los permisos para abortar. Y en ese sentido invadía la esfera del Congreso nacional al reformar el Código Penal. Fundamentalmente, objetó que la norma dejaba asentado que al analizar las excepciones definidas en el inciso 1º del 86 –cuando corre peligro la vida o la salud de la mujer– debía entenderse el concepto de salud como “el bienestar físico, psíquico y social”. Lo llamativo es que ese mismo concepto de salud está incluido en la ley de salud de La Pampa, en sintonía con lineamientos de la Organización Mundial de la Salud e incluso, diversos fallos de la Corte Suprema, observó el diputado Peppino.</p>
<p>La Guía Integral de Atención de los Abortos No Punibles, elaborada por el Ministerio de Salud de la Nación, establece que se debe adoptar ese concepto de salud integral para dictaminar si se trata de un caso de aborto terapéutico no punible y no sólo la ausencia de enfermedad. </p>
<p>“No estamos ampliando ni modificando ningún Código de fondo. La visión del gobernador Jorge tiene que ver con una concepción retrógrada del concepto de salud”, consideró Peppino. </p>
<p>La presentación ante la Corte Suprema reclama que se declare “inconstitucional” el veto. Ese mismo planteo fue rechazado el 15 de diciembre por el Superior Tribunal de Justicia de La Pampa. La Corte provincial también negó a fin de 2009 un recurso extraordinario. </p>
<p>Será la primera vez que el máximo tribunal del país se pronuncie sobre los alcances de los permisos para abortar, vigentes en el país desde 1921. La pelea legal la lleva adelante el Partido Socialista junto con el Foro No al Veto, que conforman Mujeres por la Solidaridad, la revista Urbanas en Red, el Instituto de Estudios Interdisciplinarios de la Mujer de la Universidad Nacional de La Pampa y ciudadanas y ciudadanos de esa provincia. (<a href="http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-143413-2010-04-07.html">Página12</a>).</p>
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		<title>Argentina: El aborto ya es parte de la agenda</title>
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		<pubDate>Thu, 08 Apr 2010 17:34:18 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Julia</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Desde los poderes Ejecutivo, Judicial y Legislativo del ámbito federal o provincial se han emitido pronunciamientos que oscilan entre dos líneas de trabajo por la liberalización, ambas necesarias para ajustar el derecho vigente a la Constitución.
En las últimas semanas han surgido señales saludables que rompen el histórico silencio sobre la liberalización del aborto.
Desde los poderes [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div class="wp-caption alignright" style="width: 200px"><img src="http://www.clarin.com/diario/2010/04/07/thumb/cardo.jpg" alt="" width="190" height="218" /><p class="wp-caption-text">Composición: Clarin.com</p></div>
<p>Desde los poderes Ejecutivo, Judicial y Legislativo del ámbito federal o provincial se han emitido pronunciamientos que oscilan entre dos líneas de trabajo por la liberalización, ambas necesarias para ajustar el derecho vigente a la Constitución.</p>
<p>En las últimas semanas han surgido señales saludables que rompen el histórico silencio sobre la liberalización del aborto.</p>
<p>Desde los poderes Ejecutivo, Judicial y Legislativo del ámbito federal o provincial se han emitido manifestaciones sin precedentes. Los pronunciamientos oscilan entre dos líneas de trabajo por la liberalización, ambas necesarias para ajustar el derecho vigente a la Constitución.</p>
<p>Un primer conjunto de pronunciamientos, que podría calificarse parte de una &#8220;agenda de accesibilidad&#8221;, busca fomentar el acceso a los abortos del art. 86 del Código Penal. Una segunda &#8220;agenda de reforma&#8221;, más sustantiva, se propone el ajuste de la legislación penal a la Constitución de 1994 a través del abandono de la criminalización del aborto en el embarazo temprano.</p>
<p>Primero, en la agenda de la accesibilidad, el Ministerio de Salud nacional, inerte desde el comienzo de la actual gestión presidencial, anunció el avance en una política pública y la implementación de una norma para el acceso a los abortos permitidos en el art. 86 ante el peligro para la salud o la vida de la mujer y la violación.</p>
<p>En la misma línea, la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, donde la gestión sanitaria local no exhibe iniciativas en el tema, comenzó la discusión de un proyecto para el acceso a los abortos legales. Las propuestas reglamentarias citadas se encuadran en la interpretación del art. 86 realizada en dos casos resueltos en marzo en la provincia de Chubut. En ellos, dos jóvenes violadas, luego de múltiples vejaciones a manos de jueces y funcionarios públicos, vieron reconocido su derecho a terminar sus embarazos.</p>
<p>En sus decisiones, el Tribunal Supremo y la Cámara entendieron que el artículo 86 inc. 2 del Código Penal permite el aborto en caso de violación de cualquier mujer, ya que lo contrario implicaría la imposición de una carga heroica incompatible con la Constitución. Rechazaron así las posturas restrictivas que sólo admiten el aborto si la mujer violada tiene una discapacidad mental, o que cuestionan la constitucionalidad del art. 86. Además, el Tribunal Supremo recomendó al gobierno provincial regular los abortos no punibles e insistió en la improcedencia de su judicialización.</p>
<p>En segundo lugar, también se han visto avances importantes en la agenda legislativa imprescindible para poner fin al rezago histórico del derecho argentino sobre aborto. El alto perfil de la presentación en el Congreso Nacional de dos proyectos de derogación de la criminalización en el embarazo temprano (semanas 12 o 14), constituyen un hito en esa línea.</p>
<p>Esta modernización es urgente para cumplir con la prohibición constitucional de discriminación y el mandato de respeto de la autodeterminación reproductiva. Es además una exigencia ineludible para un país que tolera en silencio la injusticia de que el aborto inseguro sea la primera causa de muerte materna, habiéndose cobrado la vida de 2578 mujeres desde el retorno a la democracia (Estadísticas Vitales, 1983-2008).</p>
<p>El trabajo en la concreción de las dos agendas de liberalización podría encaminarnos también a honrar alguno de nuestros compromisos internacionales. En sus recomendaciones al país, el 25 de marzo de 2010, el Comité de Derechos Humanos de la ONU expresó su preocupación por el carácter restrictivo de la legislación sobre aborto y por la inconsistencia en la interpretación y aplicación de los abortos legales.</p>
<p> Deberíamos aspirar a que en la próxima evaluación del Comité se puedan exhibir los resultados de una agenda sustantiva de liberalización.  (Paola Bergallo y Agustina Ramón Michel <a href="http://www.clarin.com/diario/2010/04/07/opinion/o-02175295.htm">Clarin</a>)</p>
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		<title>México: Urge interrumpir embarazo de niña violada en Qintana Roo</title>
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		<pubDate>Wed, 07 Apr 2010 16:48:01 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Julia</dc:creator>
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		<description><![CDATA[La presidenta de la Comisión de Equidad y Género de la XII legislatura del estado de Quintana Roo, María Hadad Castillo, hizo un llamado para que los médicos del estado, interrumpan el embarazo de la menor de 10 años de edad que fue víctima de violación por su padrastro.
El Código Penal del estado sólo permite [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div class="wp-caption alignright" style="width: 153px"><img class=" " src="http://www.unidaddelvocero.com/2007/Marzo/Fotos/Fotosvocero/28_04.jpg" alt="Foto: Unidad del vocero" width="143" height="216" /><p class="wp-caption-text">Foto: Unidad del vocero</p></div>
<p>La presidenta de la Comisión de Equidad y Género de la XII legislatura del estado de Quintana Roo, María Hadad Castillo, hizo un llamado para que los médicos del estado, interrumpan el embarazo de la menor de 10 años de edad que fue víctima de violación por su padrastro.</p>
<p>El Código Penal del estado sólo permite el aborto si este es consecuencia de una violación y el plazo permitido es hasta los 90 días de la gestación, por lo que el caso de la menor de edad quien está a punto de cumplir las 17 semanas de gestación, ya no puede estar contemplado en esta causal.</p>
<p>La diputada María Hadad Castillo, afirmó en entrevista con Cimacnoticias que aún queda una última esperanza. Explicó que la cuarta causal para permitir un aborto legal puntualiza que este no será punible cuando “a juicio del médico que atienda a la mujer embarazada, sea necesario, para evitar un grave peligro para la vida”.</p>
<p>Esta legislación también señala que será permitido si a juicio de “cuando menos dos médicos exista razón suficiente para suponer que el producto padece alteraciones genéticas o congénitas, que den por resultado el nacimiento de un ser con trastornos físicos o mentales graves”.</p>
<p>De acuerdo con la también secretaria de la mesa directiva del Congreso de Quintana Roo, “cada día cuenta, cada día es de riesgo” por tanto consideró que los médicos se deben pronunciar, con argumentos científicos y profesionales; y sin prejuicios, ni cuestionamientos religiosos, por el interés superior de la infancia.</p>
<p>No obstante, lamentó que la reforma constitucional -aprobada el 21 de abril de 2009- que prohíbe la interrupción legal del embarazo ha creado confusión en los médicos, quienes a la hora de tomar una decisión, caen en juicios morales y religiosos.</p>
<p>Destacó que en este momento, la prioridad debe ser la vida de la niña, su salud y su desarrollo normal. En este sentido, afirmó que es una “terrible crueldad”, la difícil situación que enfrenta la menor de edad, quien no sólo fue violada sino que ahora tendrá que generar vida, si se sigue fomentando el término de su embarazo.</p>
<p>EL CASO DE PAULINA</p>
<p>Un caso similar a este ocurrió el 31 de julio de 1999, cuando Paulina, de 13 años de edad, fue victima de violación por dos delincuentes durante un asalto a su domicilio en Mexicali, Baja California.</p>
<p>De esa violación resultó un embarazo no deseado. A pesar de que ella y su madre solicitaron la interrupción del embarazo, consentido por la legislación estatal y nacional en caso de violación, no se le permitió.</p>
<p>Este caso de maternidad forzada llegó hasta la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y aunque las autoridades de la entidad se comprometieron a dar una indemnización a Paulina, cubrir los gastos de salud, educación, vestido, vivienda y demás necesidades tanto de ella como de su hijo, esos apoyos no llegaron.</p>
<p>“ES UNA NIÑA, PERO DEBE SEGUIR SU EMBARAZO”</p>
<p>En el caso de esta niña originaria de Quintana Roo, Areli Camargo Chávez, procuradora estatal de la Defensa del Menor y la Familia, reconoció en entrevista con Cimacnoticias, que aunque la menor de edad “no deja de ser una niña”, es mejor que continúe con la gestación. Afirmó que la vida de la niña “no corre peligro”, como algunos han señalado.</p>
<p>Enfatizó que de acuerdo “con el informe del ginecólogo su vida no corre peligro, el embarazo es de alto riesgo, no a va a ser natural, será cesárea, sin embargo su bienestar se garantiza si se continúa con él”, declaró. También indicó que en caso de que se “comprobara” que la vida de la niña está en riesgo, “ella siempre sería la prioridad”.</p>
<p>Finalmente dijo que el Programa de Atención para Menores y Adolescentes en Riesgo (PAMAR), le está brindado la atención médica y psicológica necesaria. (<a href="http://www.cimacnoticias.com/site/10040506-Urge-interrumpir-em.42050.0.html">CIMAC</a>)</p>
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